¿Qué es un reclamo por muerte injusta?
Según la ley de Florida, se puede presentar un reclamo por muerte injusta cuando una muerte es causada por el acto ilícito, la negligencia, la falta o el incumplimiento de contrato o de garantía de otra persona o empresa. El reclamo procede cuando su ser querido habría podido demandar por la lesión si hubiera sobrevivido. Cuando una lesión causa la muerte, el reclamo por lesiones propio de la persona lesionada se extingue, y el reclamo por muerte injusta ocupa su lugar.
Los reclamos por muerte injusta suelen surgir de:
- Choques de auto, camión y motocicleta
- Atropellos de peatones y accidentes de bicicleta
- Conducir ebrio o con las facultades disminuidas
- Negligencia médica
- Negligencia en hogares de ancianos
- Condiciones inseguras en una propiedad y seguridad inadecuada
- Productos defectuosos
- Accidentes de bote y de aviación
- Accidentes de construcción e industriales
- Accidentes de ascensores y escaleras mecánicas
La causa de una muerte no siempre está clara al principio. Por ejemplo, un choque que parece un error del conductor puede terminar involucrando una pieza defectuosa del vehículo. Una investigación cuidadosa busca a cada persona y empresa que pueda compartir la responsabilidad.
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Quién presenta el reclamo y quién puede obtener una compensación
El representante personal presenta la demanda
En Florida, una demanda por muerte injusta la presenta el representante personal (personal representative) del patrimonio sucesorio de su ser querido, no cada familiar por separado. El representante personal presenta un solo caso en beneficio del patrimonio sucesorio y de todos los sobrevivientes, y en la demanda se debe nombrar a cada persona que pueda recibir una parte de la compensación.
El representante personal suele ser la persona nombrada en el testamento. Si no hay testamento, el cónyuge sobreviviente generalmente tiene la primera preferencia, y el tribunal de sucesiones (probate court) hace el nombramiento. Si todavía no se ha nombrado a nadie, ese suele ser uno de los primeros pasos.
Sobrevivientes
La ley de Florida define como sobrevivientes al cónyuge, los hijos y los padres de su ser querido. Otros parientes consanguíneos y los hermanos y hermanas adoptivos también se consideran sobrevivientes si dependían, en parte o por completo, de su ser querido para su manutención o sus servicios. Según esta ley, la expresión "hijos menores" (minor children) se refiere a los hijos de menos de 25 años.
¿Qué compensación puede obtener una familia?
La Ley de Muerte Injusta de Florida establece con detalle quién puede obtener qué:
- Cada sobreviviente: el valor de la manutención y los servicios perdidos, desde la fecha de la lesión y hacia el futuro
- El cónyuge sobreviviente: la pérdida de compañía y protección, y el dolor y sufrimiento mental
- Los hijos menores de 25 años, y todos los hijos si no hay cónyuge sobreviviente: la pérdida de la compañía, la instrucción y la orientación de su padre o madre, y el dolor y sufrimiento mental
- Los padres de un hijo menor de 25 años: el dolor y sufrimiento mental (los padres de un hijo de 25 años o más solo pueden obtener esta compensación si no hay otros sobrevivientes)
- El sobreviviente que los pagó: los gastos médicos y funerarios
- El patrimonio sucesorio: los ingresos que la persona dejó de percibir entre la lesión y la muerte, los gastos médicos y funerarios que pagó el patrimonio sucesorio y, en algunos casos, los ahorros que la persona probablemente habría acumulado a lo largo de una vida normal
Cuando pruebas claras y convincentes demuestran que un demandado fue personalmente culpable de una conducta indebida intencional o de negligencia grave, también pueden proceder los daños punitivos.
Los honorarios de abogado y los costos del caso generalmente los comparten los sobrevivientes y el patrimonio sucesorio en proporción a lo que se le otorgue a cada uno. Mientras una demanda está pendiente, un tribunal debe aprobar cualquier acuerdo que afecte a un sobreviviente menor de edad o a un sobreviviente legalmente incapacitado, o al que se oponga cualquier sobreviviente.
Leyes de Florida sobre muerte injusta que debe conocer
Plazo para presentar una demanda
En la mayoría de los casos, una demanda por muerte injusta en Florida debe presentarse dentro de los dos años siguientes a la fecha de la muerte. Cuando la muerte fue causada por negligencia médica, se aplican en cambio los plazos de negligencia médica, que pueden correr de otra manera. Los reclamos contra una agencia gubernamental también tienen requisitos de notificación por escrito y límites a la indemnización por daños y perjuicios. Si deja vencer un plazo, su familia puede perder el reclamo por completo, así que hable con un abogado lo antes posible.
Culpa compartida
Las reglas de culpa comparativa de Florida se aplican a los casos de muerte injusta. Si su ser querido tuvo parte de la culpa, la compensación total se reduce en ese porcentaje. Si se determina que su ser querido tuvo más del 50% de la culpa, por lo general la familia no puede obtener una compensación. La culpa propia de un sobreviviente puede reducir, o incluso impedir, la compensación de ese sobreviviente sin afectar a los demás. La regla de más del 50% no se aplica cuando la muerte fue causada por negligencia médica.
Muertes causadas por negligencia médica
Los reclamos por muertes causadas por negligencia médica requieren una investigación previa a la demanda, una opinión verificada bajo juramento de un experto médico y una notificación formal a los proveedores de atención médica antes de poder presentar una demanda. La ley de Florida también limita quién puede obtener ciertos daños en estos casos. Los hijos de 25 años o más no pueden obtener una compensación por la pérdida de la compañía de su padre o madre ni por su dolor y sufrimiento, y los padres no pueden obtener una compensación por su dolor y sufrimiento cuando el hijo que murió tenía 25 años o más. Otros daños, como la manutención y los servicios perdidos y los reclamos del patrimonio sucesorio, no se ven afectados. Los proyectos de ley de 2025 y 2026 que proponían derogar esta regla no se convirtieron en ley, así que sigue vigente.
El caso penal y el caso civil
Cuando una muerte involucra un delito, como un choque causado por un conductor ebrio o una agresión, puede haber dos casos separados. El estado presenta el caso penal para castigar el delito. El reclamo por muerte injusta de la familia es un caso civil que busca una compensación por sus pérdidas. La ley de Florida permite un reclamo por muerte injusta incluso cuando la muerte fue causada por un delito grave (felony).
El caso civil no depende del penal. Para obtener una condena, el estado debe probar la culpabilidad más allá de toda duda razonable. En un caso civil, la familia debe probar su reclamo por el mayor peso de la prueba, un estándar menos exigente. Una familia puede presentar un reclamo por muerte injusta aunque nadie haya sido acusado ni condenado.
Si la persona es condenada, la ley de Florida puede impedirle negar en el caso civil las alegaciones esenciales de ese delito. Y cuando una muerte es el resultado de un acto ilícito intencional que encaja en las leyes de Florida sobre asesinato (murder) u homicidio sin premeditación (manslaughter), el reclamo por muerte injusta de la familia contra la persona que lo cometió puede presentarse en cualquier momento, y no se requiere ningún arresto, acusación ni condena. Esta excepción no abarca los reclamos contra empresas ni las muertes causadas por choques de conductores ebrios u otros choques que no fueron intencionales; en esos casos se mantiene el plazo normal.
Pasos que protegen el reclamo de su familia
Tómese el tiempo que su familia necesite, pero no espere demasiado para llamar. Cuando esté en condiciones, estos pasos ayudan a proteger el reclamo:
- Guarde los documentos importantes: Guarde copias certificadas del certificado de defunción en el que conste la causa de la muerte, así como cualquier informe policial o del choque, los registros médicos y todas las facturas y recibos médicos y funerarios.
- Preserve las pruebas: Guarde las fotos, los videos, los mensajes de texto y los mensajes de voz. Conserve tal como está cualquier vehículo, producto u otro objeto involucrado, y anote los nombres y números de teléfono de los testigos.
- Tenga cuidado con las compañías de seguros: Piénselo dos veces antes de dar una declaración grabada a una compañía de seguros o de firmar cualquier cosa que esta le envíe. No acepte un cheque como acuerdo ni firme un documento de liberación de responsabilidad (release) antes de hablar con un abogado.
- Pregunte sobre el representante personal: Solo el representante personal del patrimonio sucesorio puede presentar la demanda por muerte injusta. Si no se ha nombrado a nadie, podemos explicarle los pasos del proceso de sucesión (probate).
- Manténgase fuera de las redes sociales: Evite publicar en las redes sociales sobre la muerte, las personas involucradas o el caso.
- Llame pronto: Las pruebas, como los videos, pueden perderse rápidamente, y hay plazos que cumplir. Un abogado puede enviar cartas para pedir que se preserven las pruebas.
Cómo ayudamos a su familia
- Consulta gratuita: Cuéntenos lo que sucedió. Le explicaremos en términos sencillos si su familia tiene un reclamo y cuáles son los siguientes pasos.
- Representante personal: Si todavía no se ha nombrado uno, le explicamos lo que exige el tribunal de sucesiones para que el reclamo pueda avanzar.
- Investigación: Reunimos los informes policiales y de accidentes, los registros médicos, las declaraciones de testigos y otras pruebas. Buscamos a cada persona y empresa que pueda ser responsable y cada póliza de seguro que pueda aplicarse.
- Documentación de sus pérdidas: Trabajamos con su familia para demostrar la manutención, los servicios y la compañía que su ser querido brindaba, junto con las facturas médicas y funerarias.
- Negociación: Las compañías de seguros pueden negar la responsabilidad, alegar que la lesión no causó la muerte, cuestionar las pérdidas de su familia, demorar el proceso o hacer una primera oferta baja. Presentamos el reclamo y negociamos para obtener un acuerdo justo.
- Demanda y juicio, si es necesario: Si las aseguradoras no hacen una oferta justa, presentamos la demanda y preparamos el caso de su familia para un jurado.